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Canarias: Prestación económica por acogimiento familiar
Ayuda periódica de la comunidad canaria para sostener los gastos de menores que, estando bajo la tutela o guarda de los Cabildos, conviven en acogimiento con familias extensas o ajenas y evitar su internamiento en centros de protección.
- Cuantía / beneficio
- Cuota económica mensual de cientos de euros fijos al mes, que puede bonificarse y subir exponencialmente su tarifa cuando se acogen o juntan grupos de hermaños biológicos que no quieren separar institucionalmente o niños graves de salud.
- Plazo
- Debe gestionarse preferentemente adjunta a los meses inmediatos a la firma del acta de acogimiento por parte de los operadores del servicio territorial.
- Requisito principal
- Tener formalizado un acogimiento familiar administrativo de un menor a cargo de cualquier Cabildo Insular de Canarias o el Gobierno autonómico y estar validado por sus equipos psicosociales.
Transparencia y evidencias
La ficha separa la explicación ciudadana del rastro oficial. Si un dato no está confirmado en la ficha, se muestra como pendiente o se remite a la convocatoria.
Ver evidencia y control editorial
- Fuente oficial
- Gobierno de Canarias - Acogimiento
- Tipo de fuente
- Fuente oficial
- Estado de revisión
- Revisada editorialmente
- Última revisión
- 30 de marzo de 2026
- Extracto trazable
- Provee la estabilidad necesaria para potenciar la figura de las familias canarias colaboradoras para vaciar los centros de institucionalización masiva y dar calidez individual a la infancia más golpeada de las islas.
Checklist de verificación
Documentación habitual
- Resolución judicial o resolución administrativa del Gobierno de Canarias / Cabildo
- DNI / NIE de titular o titulares acogedores
- IBAN propio normalizado
Incompatibilidades o alertas
No se han destacado incompatibilidades expresas en esta ficha semilla. Comprueba la normativa oficial antes de actuar.
Ventana o momento de aplicación
Debe gestionarse preferentemente adjunta a los meses inmediatos a la firma del acta de acogimiento por parte de los operadores del servicio territorial.
Explicación de la ficha
El archipiélago canario sufre históricamente una alta presión sobre sus centros de retención y acogida de menores. El objetivo primordial de la política de Infancia es que el menor crezca en un hogar físico normal (“Familia Ajena” o “Extensa”) mientras se dirime la solución familiar final en lugar de una institución perenne pública.
Esta prestación da viabilidad al programa. Es una asignación mensual que los acogedores canarios cobran garantizada del Gobierno regional de las Islas Canarias por hacerse cargo. Tiene muchísimos complementos según la singularidad del acto: por ejemplo, no es infrecuente ver resoluciones donde una familia local decide coger a una pareja o trío inquebrantable de hermaños huérfaños para no separarlos en macro-centros distintos, algo tan gravoso financieramente que obliga a una multiplicación total directa de la pensión.
Su cobro depende del cumplimiento cívico de las directrices e inspecciones regulares, por tanto el alta administrativa está emparejada forzosamente con el seguimiento regular que os harán las y los trabajadores sociales insulares respecto al colegio y bienestar de ese menor acogido temporalmente en vuestro hogar.
Contrasta siempre la versión vigente.
Esta ficha está pensada para discovery y orientación. Antes de presentar una solicitud o aplicar una deducción, revisa la fuente oficial y la convocatoria o campaña vigente.