- Inicio
- Ver ayudas y prestaciones
- extremadura
- Extremadura: Renta Extremena Garantizada
Extremadura: Renta Extremena Garantizada
prestación económica periodica para asegurar los mínimos de una vida digna a personas y unidades familiares en situacion o riesgo de exclusion social, regulada por la Ley 5/2019.
- Cuantía / beneficio
- 100% IPREM mensual para 1 miembro, incrementos por miembros adicionales. máximo 160% IPREM. duración: 12 meses, renovable.
- Plazo
- Plazo permanente. Solicitudes en Servicios Sociales de Atencion Social Basica del municipio de empadronamiento.
- Requisito principal
- Estar empadronado y tener residencia efectiva durante 6 meses continuados en Extremadura inmediatamente anterior a la solicitud (o 1 año de 5 anteriores). No disponer de ingresos considerados mínimos para atender necesidades basicas. Tener cumplidos los 25 años (con excepciones desde los 18: familiares a cargo, orfandad, tutelados, víctimas de violencia de género, vida independiente 1 año). No residir en centros de instituciones obligadas a atender necesidades basicas. Haber solicitado previamente prestaciones públicas correspondientes. Residencia legal en Espana para extranjeros.
Transparencia y evidencias
La ficha separa la explicación ciudadana del rastro oficial. Si un dato no está confirmado en la ficha, se muestra como pendiente o se remite a la convocatoria.
Ver evidencia y control editorial
- Fuente oficial
- JuntaEx - Renta Extremena Garantizada
- Tipo de fuente
- Fuente oficial
- Estado de revisión
- Revisada editorialmente
- Última revisión
- 2 de mayo de 2026
- Extracto trazable
- Garantiza un nivel mínimo de ingresos para personas en situacion de exclusion social en Extremadura, asegurando los mínimos de una vida digna.
Checklist de verificación
Documentación habitual
- solicitud en Servicios Sociales de Atencion Social Basica
- libro de familia o certificado de parejas de hecho
- certificado de empadronamiento
- certificado de convivencia
- documentación de personas extranjeras
- alta de terceros
Incompatibilidades o alertas
- No residir en centros de instituciones obligadas a atender necesidades basicas de sus residentes.
- No percibir otras prestaciones públicas igual o superior a la cuantía de la REG.
Ventana o momento de aplicación
Plazo permanente. Solicitudes en Servicios Sociales de Atencion Social Basica del municipio de empadronamiento.
Explicación de la ficha
La Renta Extremena Garantizada es una prestación económica periodica para asegurar los mínimos de una vida digna a personas y unidades familiares en situacion o riesgo de exclusion social en Extremadura.
Regulada por la Ley 5/2019, garantiza ingresos basados en el IPREM: 100% para un miembro, +20% segundo miembro, +10% terceros y siguientes, con un máximo del 160% IPREM.
Se solicita en los Servicios Sociales de Atencion Social Basica del municipio de empadronamiento. Plazo permanente. duración: 12 meses, renovable.
Resolucion en 3 meses. Silencio administrativo: estimatorio.
Contrasta siempre la versión vigente.
Esta ficha está pensada para discovery y orientación. Antes de presentar una solicitud o aplicar una deducción, revisa la fuente oficial y la convocatoria o campaña vigente.