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Galicia: deducción por alquiler de vivienda habitual
Deducción autonómica de Galicia para contribuyentes que pagan alquiler por su vivienda habitual.
- Cuantía / beneficio
- 10% del alquiler con límite de 300 euros por contrato y año. Si se tienen dos o mas hijos menores, 20% con límite de 600 euros. Las cuantías se duplican si el arrendatario tiene discapacidad igual o superior al 33%.
- Plazo
- Se revisa al preparar la declaración correspondiente al período indicado.
- Requisito principal
- En IRPF 2025 el contribuyente debe tener 35 años o menos a la fecha de devengo, contrato de arrendamiento posterior al 1 de enero de 2003 y deposito de fianza constituido en el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo o denuncia presentada si la persona arrendadora no entrego justificante.
Esta deducción fiscal no forma parte del catálogo principal.
Transparencia y evidencias
La ficha separa la explicación ciudadana del rastro oficial. Si un dato no está confirmado en la ficha, se muestra como pendiente o se remite a la convocatoria.
Ver evidencia y control editorial
- Fuente oficial
- AEAT Manual Renta 2025
- Tipo de fuente
- Fuente oficial
- Estado de revisión
- Revisada editorialmente
- Última revisión
- 17 de mayo de 2026
- Extracto trazable
- Puede reducir la carga fiscal del hogar si el supuesto encaja con tu situación personal o familiar.
Checklist de verificación
Documentación habitual
- documentación identificativa
- justificantes de ingresos
- contrato de alquiler o documento equivalente
Incompatibilidades o alertas
- Conviene revisar si existe incompatibilidad con otras deducciones aplicables al mismo supuesto.
Ventana o momento de aplicación
Se revisa al preparar la declaración correspondiente al período indicado.
Explicación de la ficha
Deduccion autonomica de Galicia para contribuyentes que pagan alquiler por su vivienda habitual.
Puede tener sentido para personas de 35 años o menos que pagan alquiler por su vivienda habitual en Galicia. En IRPF 2025 la AEAT recoge un 10% hasta 300 euros por contrato y año, o 20% hasta 600 euros con dos o mas hijos menores, con duplicacion de cuantías si el arrendatario tiene discapacidad igual o superior al 33%.
Como siguiente paso practico, entra en la fuente oficial, confirma el período de referencia y prepara al menos la documentación identificativa, el contrato de alquiler, justificantes de pago y justificante del deposito de fianza o denuncia ante el organismo gallego competente.
Contrasta siempre la versión vigente.
Esta ficha está pensada para discovery y orientación. Antes de presentar una solicitud o aplicar una deducción, revisa la fuente oficial y la convocatoria o campaña vigente.