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SAAD: Prestación económica de asistencia personal
Ayuda económica para contratar a un asistente personal que facilite el acceso a la educación, al trabajo o a una vida más autónoma a personas con gran dependencia o dependencia severa.
- Cuantía / beneficio
- Cuantías máximas de 715€ (Grado III), 426€ (Grado II) y 300€ (Grado I), sujetas al coste real del contrato y la renta del dependiente.
- Plazo
- Continuo tras la resolución del Grado y el proceso de firma del PIA con la Comunidad Autónoma.
- Requisito principal
- Tener reconocido el grado de dependencia pertinente (habitualmente Grados III o II), que el PIA determine la idoneidad de esta prestación y formalizar un contrato laboral con un asistente personal o con una empresa que preste el servicio.
Transparencia y evidencias
La ficha separa la explicación ciudadana del rastro oficial. Si un dato no está confirmado en la ficha, se muestra como pendiente o se remite a la convocatoria.
Ver evidencia y control editorial
- Fuente oficial
- IMSERSO / CC.AA.
- Tipo de fuente
- Fuente oficial
- Estado de revisión
- Revisada editorialmente
- Última revisión
- 10 de mayo de 2026
- Extracto trazable
- Es la herramienta fundamental para el modelo de "vida independiente". En lugar de ingresar en una residencia o depender de la familia, el Estado paga parte del sueldo de un trabajador que te ayuda a estudiar, trabajar o moverte.
Checklist de verificación
Documentación habitual
- resolución oficial de grado de dependencia
- PIA cerrado con esta modalidad
- contrato de trabajo formalizado con el asistente (alta en Régimen General) o contrato mercantil con entidad del sector
- facturas y nóminas mes a mes
Incompatibilidades o alertas
- Incompatible con el servicio de atención residencial, centro de día o con la ayuda para cuidados en el entorno familiar.
Ventana o momento de aplicación
Continuo tras la resolución del Grado y el proceso de firma del PIA con la Comunidad Autónoma.
Explicación de la ficha
Frente a la idea clásica de que la dependencia significa ir a una residencia o ser cuidado por un hijo, la Prestación de Asistencia Personal es la gran herramienta para la Vida Independiente. Su filosofía es radicalmente distinta: el Estado te da una asignación económica mensual para que contrates (literalmente, le hagas un contrato de trabajo y le des de alta en la Seguridad Social) a un asistente personal.
Esta figura no es una enfermera 24 horas, sino alguien que presta apoyo físico y logístico para que personas con problemas de movilidad o autonomía puedan salir a la calle, acudir a su puesto de trabajo, ir a la universidad o hacer gestiones. Por eso, es la ayuda predilecta del colectivo de personas con discapacidad física severa en edad laboral o formativa.
Ten en cuenta que el dinero no se te entrega de forma libre. Actúa como una subvención a los costes laborales reales: si la nómina más la Seguridad Social de tu asistente cuesta 1.200 euros y tienes concedida la prestación máxima del Estado (715€), el abono cubrirá parte, pero el resto lo pones tú (copago). El pago está estrictamente sujeto a la presentación mensual de las nóminas o facturas justificativas.
Contrasta siempre la versión vigente.
Esta ficha está pensada para discovery y orientación. Antes de presentar una solicitud o aplicar una deducción, revisa la fuente oficial y la convocatoria o campaña vigente.