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Comunitat Valenciana: deducción por nacimiento, adopción o acogimiento
Deducción autonómica valenciana por nacimiento, adopción o acogimiento familiar.
- Cuantía / beneficio
- Regimen general IRPF 2025: 600 euros por el primero, 750 euros por el segundo y 900 euros por el tercero y sucesivos, sujetos a límites y formulas de reduccion. Para contribuyentes fallecidos antes del 1 de junio de 2025, 300 euros por nacimiento, adopcion o acogimiento.
- Plazo
- Se revisa al preparar la declaración correspondiente al período indicado.
- Requisito principal
- En IRPF 2025 la AEAT distingue dos regimenes. Para contribuyentes fallecidos antes del 1 de junio de 2025, la cuantía es 300 euros por nacimiento, adopcion o acogimiento. Para el resto de contribuyentes, la cuantía es 600 euros por el primero, 750 euros por el segundo y 900 euros por el tercero y sucesivos, también para acogimiento familiar o delegacion de guarda con fines de adopcion segun el orden. El descendiente o asimilado debe dar derecho al mínimo por descendientes.
Esta deducción fiscal no forma parte del catálogo principal.
Transparencia y evidencias
La ficha separa la explicación ciudadana del rastro oficial. Si un dato no está confirmado en la ficha, se muestra como pendiente o se remite a la convocatoria.
Ver evidencia y control editorial
- Fuente oficial
- AEAT Manual Renta 2025
- Tipo de fuente
- Fuente oficial
- Estado de revisión
- Revisada editorialmente
- Última revisión
- 17 de mayo de 2026
- Extracto trazable
- Puede reducir la carga fiscal del hogar si el supuesto encaja con tu situación personal o familiar.
Checklist de verificación
Documentación habitual
- documentación identificativa
- justificantes de ingresos
- libro de familia o acreditación del supuesto familiar
Incompatibilidades o alertas
- Compatible con las deducciones autonomicas valencianas por nacimiento o adopcion multiples, por nacimiento/adopcion/acogimiento/delegacion de guarda de personas con discapacidad y por familia numerosa o monoparental. Incompatible, para el mismo descendiente o asimilado, con los importes adicionales por residir habitualmente en municipio en riesgo de despoblamiento.
Ventana o momento de aplicación
Se revisa al preparar la declaración correspondiente al período indicado.
Explicación de la ficha
Deduccion autonomica valenciana por nacimiento, adopcion, delegacion de guarda con fines de adopcion o acogimiento familiar.
Puede tener sentido para familias de la Comunitat Valenciana. En IRPF 2025 la AEAT distingue el regimen para contribuyentes fallecidos antes del 1 de junio de 2025, con 300 euros por nacimiento, adopcion o acogimiento, y el regimen general posterior, con 600 euros por el primero, 750 euros por el segundo y 900 euros por el tercero y sucesivos. La deduccion esta sujeta a límites de base liquidable y formulas de reduccion.
Como siguiente paso practico, entra en la fuente oficial, confirma el período de referencia y prepara al menos la documentación identificativa, libro de familia o acreditacion de nacimiento, adopcion, acogimiento o delegacion de guarda, y justificantes de base liquidable.
Contrasta siempre la versión vigente.
Esta ficha está pensada para discovery y orientación. Antes de presentar una solicitud o aplicar una deducción, revisa la fuente oficial y la convocatoria o campaña vigente.