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Castilla y León: Bono por Nacimiento y Dependencia
Ayuda economica unica por nacimiento o adopcion de hijos, con cuantías crecientes segun el orden de nacimiento y duplicada para hijos con discapacidad.
- Kopurua / abantaila
- 1er hijo: 1.500 € | 2º: 2.000 € | 3º+: 2.500 €. Duplicado con discapacidad >= 33%
- Epea
- Se puede solicitar en cualquier momento tras el nacimiento o adopción
- Nagusi baldintza
- Tener un hijo nacido o adoptado. Residir en Castilla y León. El hijo debe ser el primer hijo de la familia (nivel 1), segundo (nivel 2), tercero o posterior (nivel 3). Para la duplicación por discapacidad, el hijo debe tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Transparentzia eta frogak
Fitxak herritarraren azalpena eta arrastu ofiziala bereizten ditu. Datu bat ez bada baieztatuta fitxan, pendiente gisa erakusten da edo deialdira bideratzen da.
Froga eta argitaratze kontrola ikusi
- Iturri ofiziala
- Junta de Castilla y Leon - Bono Nacimiento
- Iturri-mota
- Iturri ofiziala
- Berrikuspenaren egoera
- Berrikuspen editoriala
- Azken berrikuspena
- 1 de mayo de 2026
- Laburpen trazablea
- Castilla y Leon tiene una de las tasas de natalidad mas bajas de Espana. Esta ayuda busca compensar parcialmente los costes de la llegada de un nuevo miembro a la familia.
Egiaztapen zerrenda
Ohiko dokumentazioa
- DNI/NIE de los progenitores
- Libro de Familia o certificación de nacimiento
- Certificado de empadronamiento en Castilla y León
- Certificado de grado de discapacidad (si aplica duplicación)
- Cuenta bancaria para el pago
Inkonpatibilitateak edo alertak
- No poder percibir esta ayuda si ya se ha cobrado por el mismo hijo en otra comunidad autónoma.
Ategia edo aplikazio unea
Se puede solicitar en cualquier momento tras el nacimiento o adopción
Fitxaren azalpena
El Bono por Nacimiento y Dependencia de Castilla y León es una ayuda económica única que se concede por cada hijo nacido o adoptado, con cuantías que aumentan según el orden de nacimiento.
¿Qué es?
Ayuda económica de carácter único destinada a familias con la llegada de un nuevo miembro, ya sea por nacimiento, adopción o acogimiento. Se paga a través de la Tarjeta Familia de Castilla y León.
Cuantías
- 1er hijo (nivel 1): 1.500 €
- 2º hijo (nivel 2): 2.000 €
- 3º hijo y siguientes (nivel 3): 2.500 €
- Duplicado: Si el hijo tiene un grado de discapacidad igual o superior al 33%
Ejemplo de cálculo
- Familia con 3 hijos: 1.500 + 2.000 + 2.500 = 6.000 €
- Familia con 3 hijos y el 3º con discapacidad del 50%: 1.500 + 2.000 + 5.000 = 8.500 €
Requisitos
- Hijo nacido o adoptado
- Residir en Castilla y León
- El hijo debe ser registrado en la comunidad
- Para la duplicación: grado de discapacidad >= 33%
Forma de pago
- A través de la Tarjeta Familia de Castilla y León
- pago único en una sola entrega
Dónde solicitar
- Sede electrónica de la Junta de Castilla y León
- Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades
- Registros oficiales de la comunidad
Betiko eguneratutako bertsioa konprobatu.
Fitxa hau discovery eta orientaziorako pentsatuta dago. Eskatzaile bat aurkeztu edo dedukzio bat aplikatu aurretik, iturri ofiziala eta deialdia edo kanpaina eguneratua berrikusi.