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Castilla y León: Bono por Nacimiento y Dependencia
Ayuda economica unica por nacimiento o adopcion de hijos, con cuantías crecientes segun el orden de nacimiento y duplicada para hijos con discapacidad.
- Quantitat / benefici
- 1er hijo: 1.500 € | 2º: 2.000 € | 3º+: 2.500 €. Duplicado con discapacidad >= 33%
- Tèrme
- Se puede solicitar en cualquier momento tras el nacimiento o adopción
- Requisit principau
- Tener un hijo nacido o adoptado. Residir en Castilla y León. El hijo debe ser el primer hijo de la familia (nivel 1), segundo (nivel 2), tercero o posterior (nivel 3). Para la duplicación por discapacidad, el hijo debe tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Transparéncia e evidéncias
La ficha separa l'explicacion ciutadana del rastre oficiau. Se un donnat es pas confirmat dins la ficha, se mòstra coma pendent o se remet a la convocatòria.
Veire evidéncia e contraròtle editorial
- Font oficiala
- Junta de Castilla y Leon - Bono Nacimiento
- Tipe de fònt
- Font oficiala
- Estat de revision
- Revisada editorialament
- Darrièra revision
- 1 de mayo de 2026
- Extrèit tracable
- Castilla y Leon tiene una de las tasas de natalidad mas bajas de Espana. Esta ayuda busca compensar parcialmente los costes de la llegada de un nuevo miembro a la familia.
Lista de verificacion
Documentacion ordenària
- DNI/NIE de los progenitores
- Libro de Familia o certificación de nacimiento
- Certificado de empadronamiento en Castilla y León
- Certificado de grado de discapacidad (si aplica duplicación)
- Cuenta bancaria para el pago
Incompatibilitats o alertas
- No poder percibir esta ayuda si ya se ha cobrado por el mismo hijo en otra comunidad autónoma.
Vedèsta o moment d'aplicacion
Se puede solicitar en cualquier momento tras el nacimiento o adopción
Explicacion de la fichas
El Bono por Nacimiento y Dependencia de Castilla y León es una ayuda económica única que se concede por cada hijo nacido o adoptado, con cuantías que aumentan según el orden de nacimiento.
¿Qué es?
Ayuda económica de carácter único destinada a familias con la llegada de un nuevo miembro, ya sea por nacimiento, adopción o acogimiento. Se paga a través de la Tarjeta Familia de Castilla y León.
Cuantías
- 1er hijo (nivel 1): 1.500 €
- 2º hijo (nivel 2): 2.000 €
- 3º hijo y siguientes (nivel 3): 2.500 €
- Duplicado: Si el hijo tiene un grado de discapacidad igual o superior al 33%
Ejemplo de cálculo
- Familia con 3 hijos: 1.500 + 2.000 + 2.500 = 6.000 €
- Familia con 3 hijos y el 3º con discapacidad del 50%: 1.500 + 2.000 + 5.000 = 8.500 €
Requisitos
- Hijo nacido o adoptado
- Residir en Castilla y León
- El hijo debe ser registrado en la comunidad
- Para la duplicación: grado de discapacidad >= 33%
Forma de pago
- A través de la Tarjeta Familia de Castilla y León
- pago único en una sola entrega
Dónde solicitar
- Sede electrónica de la Junta de Castilla y León
- Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades
- Registros oficiales de la comunidad
Contrasta totjorn la version viguenta.
Aquesta fichas es pensada per descubèrta e orientacion. Abans de presentar una demanda o aplicar una deduccion, revisa la font oficiala e la convocacion o campanha viguenta.