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Comunidad de Madrid: Ayuda económica a familias acogedoras
Prestación autonómica mensual dirigida a las familias madrileñas que tienen acogido a un menor tutelado por la administración para sufragar los gastos derivados de su cuidado y manutención.
- Kopurua / abantaila
- Pagos mensuales por menor acogido que pueden superar los 300-400€ al mes, incrementándose severamente si es un acogimiento de urgencia, de especial dificultad (discapacidad, problemas de conducta) o grupos de hermaños.
- Epea
- Tras la formalización legal del acogimiento.
- Nagusi baldintza
- Tener formalizado legalmente un acogimiento familiar (ya sea de urgencia, temporal o permanente, en familia extensa o ajena) de uno o varios menores cuya tutela o guarda tenga asumida la Comisión de Tutela del Menor de la Comunidad de Madrid.
Transparentzia eta frogak
Fitxak herritarraren azalpena eta arrastu ofiziala bereizten ditu. Datu bat ez bada baieztatuta fitxan, pendiente gisa erakusten da edo deialdira bideratzen da.
Froga eta argitaratze kontrola ikusi
- Iturri ofiziala
- Comunidad de Madrid - Acogimiento
- Iturri-mota
- Iturri ofiziala
- Berrikuspenaren egoera
- Berrikuspen editoriala
- Azken berrikuspena
- 30 de marzo de 2026
- Laburpen trazablea
- Sin esta prestación, las familias que dan un paso de altísimo valor social acogiendo a niños rotos del sistema tendrían que sufragar ellos el 100% de la ropa, educación y manutención de un hijo que legalmente es responsabilidad del Estado.
Egiaztapen zerrenda
Ohiko dokumentazioa
- DNI / NIE de los acogedores
- Resolución administrativa o Auto Judicial que formaliza el acogimiento
- Acreditación de cuenta bancaria
Inkonpatibilitateak edo alertak
Ez dira bateragarritasunik nabarmendu fitxa honetan. Begiratu araudia ofiziala ekintza egin aurretik.
Ategia edo aplikazio unea
Tras la formalización legal del acogimiento.
Fitxaren azalpena
Acoger a un menor no es lo mismo que adoptarlo. cuando una familia en Madrid decide convertirse en “Familia Acogedora”, está abriendo su casa temporalmente (meses o años) a un menor que pertenece al sistema público de protección infantil porque ha sido retirado de sus padres biológicos por desamparo o violencia.
La administración madrileña no deja a esa familia altruista sola con la carga económica que supone meter de repente un niño o adolescente extra en la casa. Para ello existe esta ayuda económica recurrente (hasta su mayoría de edad o reunificación familiar). Sirve para cubrir alimentación, material escolar, ropa, suministros o transporte del menor acogido.
Es vital subrayar que no es universal a todos los niños, solo es aplicable si ese menor está legalmente metido en la bolsa de Acogimiento Oficial de la Comunidad de Madrid mediante Auto Judicial o resolución firme. Si te haces cargo del hijo de una vecina o pariente sin pasar por el juzgado o los servicios sociales competentes, no constarás como Familia Acogedora a efectos administrativos.
Betiko eguneratutako bertsioa konprobatu.
Fitxa hau discovery eta orientaziorako pentsatuta dago. Eskatzaile bat aurkeztu edo dedukzio bat aplikatu aurretik, iturri ofiziala eta deialdia edo kanpaina eguneratua berrikusi.