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Comunidad de Madrid: Ayuda económica a familias acogedoras

Prestación autonómica mensual dirigida a las familias madrileñas que tienen acogido a un menor tutelado por la administración para sufragar los gastos derivados de su cuidado y manutención.

Quantitat / benefici
Pagos mensuales por menor acogido que pueden superar los 300-400€ al mes, incrementándose severamente si es un acogimiento de urgencia, de especial dificultad (discapacidad, problemas de conducta) o grupos de hermaños.
Tèrme
Tras la formalización legal del acogimiento.
Requisit principau
Tener formalizado legalmente un acogimiento familiar (ya sea de urgencia, temporal o permanente, en familia extensa o ajena) de uno o varios menores cuya tutela o guarda tenga asumida la Comisión de Tutela del Menor de la Comunidad de Madrid.
Revisado recientementeDarrièra revision: 30 de marzo de 2026
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Fònt primària

Transparéncia e evidéncias

La ficha separa l'explicacion ciutadana del rastre oficiau. Se un donnat es pas confirmat dins la ficha, se mòstra coma pendent o se remet a la convocatòria.

Veire evidéncia e contraròtle editorial
Tipe de fònt
Font oficiala
Estat de revision
Revisada editorialament
Darrièra revision
30 de marzo de 2026
Extrèit tracable
Sin esta prestación, las familias que dan un paso de altísimo valor social acogiendo a niños rotos del sistema tendrían que sufragar ellos el 100% de la ropa, educación y manutención de un hijo que legalmente es responsabilidad del Estado.
Abans de demandar o aplicar

Lista de verificacion

Documentacion ordenària

  • DNI / NIE de los acogedores
  • Resolución administrativa o Auto Judicial que formaliza el acogimiento
  • Acreditación de cuenta bancaria

Incompatibilitats o alertas

Se son pas marcat incompatibilitats exprèssas dins aquesta ficha semena. Verificar la normativa oficiala abans d'agir.

Vedèsta o moment d'aplicacion

Tras la formalización legal del acogimiento.

Lectura editoriala

Explicacion de la fichas

Acoger a un menor no es lo mismo que adoptarlo. cuando una familia en Madrid decide convertirse en “Familia Acogedora”, está abriendo su casa temporalmente (meses o años) a un menor que pertenece al sistema público de protección infantil porque ha sido retirado de sus padres biológicos por desamparo o violencia.

La administración madrileña no deja a esa familia altruista sola con la carga económica que supone meter de repente un niño o adolescente extra en la casa. Para ello existe esta ayuda económica recurrente (hasta su mayoría de edad o reunificación familiar). Sirve para cubrir alimentación, material escolar, ropa, suministros o transporte del menor acogido.

Es vital subrayar que no es universal a todos los niños, solo es aplicable si ese menor está legalmente metido en la bolsa de Acogimiento Oficial de la Comunidad de Madrid mediante Auto Judicial o resolución firme. Si te haces cargo del hijo de una vecina o pariente sin pasar por el juzgado o los servicios sociales competentes, no constarás como Familia Acogedora a efectos administrativos.

Tancament de verificacion

Contrasta totjorn la version viguenta.

Aquesta fichas es pensada per descubèrta e orientacion. Abans de presentar una demanda o aplicar una deduccion, revisa la font oficiala e la convocacion o campanha viguenta.

Informacion de revision

Darrièra revision
30 mars 2026
Estat
Revisada
Tipe de fònt
Portal oficiau
Confiança de la fònt
Auta

Aquesta ficha resume informacion publica. Verifica totjorn requisits, terminis e compatibilitats sus la fònt oficiala.

Istòria de cambiaments
  • — Migración al sistema de trazabilidad. Pendiente de auditoría manual.
  • — Verificada la fuente oficial asociada y se confirma acceso funcional. Fuente: https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones